Especiales La Religión en las Constituciones que han regido en el Perú

El juramento de las Cortes de Cádiz en 1810, José Casado del Alisal, 1863 - Óleo sobre tela, Congreso de los Diputados, Madrid

1812 - La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra (art. 12).

1823 - La religión de la República es la católica, apostólica, romana con exclusión del ejercicio de cualquier otra (art. 8).

1826 - La religión del Perú es la católica, apostólica y romana (art. 6).

1828 - Su religión es la católica, apostólica, romana. La Nación la protege por todos los medios conforme al espíritu del Evangelio; y no permitirá el ejercicio de otra alguna (art. 3).

1834 - Su religión es la católica, apostólica, romana. La Nación la protege por todos los medios conformes al Espíritu del Evangelio, y no permite el ejercicio de otra alguna (art. 2).

1837 - La religión de la confederación [Perú-Boliviana] es la católica, apostólica, romana (art. 5).

1839 - Su religión es la católica, apostólica, romana, que profesa sin permitir el ejercicio de cualquier otro culto (art. 3).

1856 - La nación profesa la religión católica, apostólica, romana. El Estado la protege por todos los medios conforme al espíritu del Evangelio y no permite el ejercicio público de otra alguna (art. 4).

1860 - La Nación profesa la religión católica, apostólica, romana: el Estado la protege, y no permite el ejercicio público de otra alguna (art. 4).

1867 - La Nación profesa la religión católica, apostólica, romana. El Estado la protege y no permite el ejercicio público de otra alguna (art. 3).

1920 - La Nación profesa la religión católica, apostólica, romana. El Estado la protege (art. 5).

1933 - Respetando los sentimientos de la mayoría nacional, el Estado protege la religión católica, apostólica y romana. Las demás religiones gozan de libertad para el ejercicio de sus respectivos cultos (art. 232).

1979 - Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú. Le presta su colaboración. El Estado puede también establecer formas de colaboración con otras confesiones (art. 86).

1993 - Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas (art. 50).

Fuente.- https://leyes.congreso.gob.pe/constituciones.aspx.

Penitencia, perdón y esperanza para un mundo devastado por el pecado Calendario del Bicentenario - Julio 2021
Calendario del Bicentenario - Julio 2021
Penitencia, perdón y esperanza para un mundo devastado por el pecado



Tesoros de la Fe N°235 julio 2021


Las relaciones entre la Iglesia y el Estado A la luz de la doctrina católica
Julio de 2021 – Año XX Penitencia, perdón y esperanza para un mundo devastado por el pecado La Religión en las Constituciones que han regido en el Perú Calendario del Bicentenario - Julio 2021 Iglesia y Estado: ¿unión o separación? San Aarón El altar de san Ignacio de Loyola en la iglesia de Il Gesù



 Artículos relacionados
De las penas del Infierno ¿Qué es, pues, el infierno? El lugar de tormentos (Lc 16, 28), como le llamó el rico Epulón, lugar de tormentos, donde todos los sentidos y potencias del condenado han de tener su propio castigo...

Leer artículo

La revolución sexual destruye la familia - II Luego de haber analizado los aspectos generales de la revolución sexual en curso, continuamos con la segunda parte de este estudio, donde se apreciará aún más la importancia y actualidad del tema...

Leer artículo

Jesús en el huerto de Getsemaní Al llegar Jesús al pie del monte de los Olivos, entró en un huerto del valle cercano, llamado Getsemaní. En este lugar, fue precisamente donde el Salvador sintió todo el peso de las miserias humanas, que voluntariamente había tomado sobre sí...

Leer artículo

Después del Juicio Final, ¿ya no existirá el Purgatorio? Según la enseñanza de la Iglesia Católica, el Purgatorio existe para la purificación de las almas que mueren en estado de gracia, pero que todavía necesitan ser purificadas de la escoria de los pecados pasados y pagar la pena temporal debida por ellos...

Leer artículo

El don de la filiación divina La verdad de la filiación divina en Cristo, que es intrínsecamente sobrenatural, es la síntesis de toda la revelación divina. La filiación divina es siempre un don gratuito de la gracia, el don más sublime de Dios para la humanidad...

Leer artículo





Promovido por la Asociación Santo Tomás de Aquino